Micelio
Auto14 de octubre de 2021

A- de 2021

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Ramiro Basili Colmenares

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque se verificó que en el escrito de subsanación el accionante no corrigió las deficiencias advertidas en el auto inadmisorio.

La Sala Plena de la Corporación consideró que el recurso propuesto no estaba llamado a prosperar porque ninguno de los motivos de inconformidad expuestos por el actor logró desvirtuar las razones que tuvo el magistrado sustanciador para rechazar la demanda de inconstitucionalidad.

Con base en la anterior consideración decidió CONFIRMAR el auto cuestionado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR el auto del 6 de septiembre de 2021, proferido por el magistrado Jorge Enrique Ibanez Najar, mediante el cual se rechazo la demanda de inconstitucionalidad formulada por el ciudadano Ramiro Basili Colmenares Sayago, en contra de los articulos 74 (parcial), 96 (parcial), 97 (parcial), 98, 107 (parcial), 120 (parcial), 184, 185, 195 (parcial), 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204, 205, 223, 294 (parcial), 372 (parcial), 373 (parcial), 384 (parcial), 386 (parcial), 398 (parcial), 399 (parcial), 421 (parcial), 422 (parcial), 433 (parcial), 435 (parcial), 440 (parcial), 473 (parcial), 480 (parcial), 492 (parcial), 495 (parcial), 500 (parcial), 501, (parcial), 558 (parcial) y 593 (parcial) de la Ley 1564 de 2012 "Por medio de la cual se expide el Codigo General del Proceso", en el expediente D-14370, por las razones senaladas en el presente auto.
  2. Segundo. COMUNICAR, a traves de la Secretaria General de la Corte, el contenido de esta decision a la parte demandante.
  3. Tercero. ARCHIVAR el expediente D-14370.
  4. Cuarto. Contra esta providencia no proceden recursos.
  5. ANTONIO JOSE LIZARAZO OCAMPO
  6. Presidente
  7. DIANA FAJARDO RIVERA
  8. Magistrada
  9. No participa-
  10. JORGE ENRIQUE IBANEZ NAJAR
  11. Magistrado
  12. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  13. Magistrado
  14. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  15. Magistrada
  16. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  17. Magistrada
  18. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  19. Magistrada
  20. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  21. Magistrado
  22. ALBERTO ROJAS RIOS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.